Motril sufrirá una huelga de limpieza durante la Semana Santa
Los trabajadores municipales se concentrarán este martes en la puerta del salón de plenos durante la celebración de una sesión extraordinaria
Motril sufrirá una huelga de limpieza durante la Semana Santa, a partir de las 22.30 horas de este lunes después de que asà lo haya aprobado la mayorÃa de la asamblea de trabajadores de limdeco en una votación anónima y mediante urna.
De este modo, alrededor de 200 trabajadores están llamados a la huelga aunque desde el comité aseguran que habrá unos servicios mÃnimos bastante amplios "por encima incluso del servicio ordinario que se presta algunos dÃas".
La aplicación de la tabla salarial del convenio provincial que se venÃa aplicando desde 2015 y que el gobierno municipal se niega a continuar pagando desde el pasado mes de enero es el desencadenante de esta decisión.
PUNTOS DE ACUERDO
La teniente de alcalde de Personal, MarÃa Ãngeles Escámez, se ha reunido con el Comité de Huelga del Servicio de Limpieza de Motril –en su propio despacho –, al objeto de proponer una serie de puntos para llegar a un acuerdo, y asÃ, desconvocar la huelga indefinida anunciada la semana pasada, que tiene previsto su comienzo en la noche de hoy lunes.
Escámez ha alabado “la aptitud de ese comité por cuanto su propuesta supone un planteamiento novedoso para solventar el contencioso de la huelga, por lo que se demuestra con ello, la predisposición del comité para buscar formulas alternativas e ingeniosas para resolver el conflicto laboral planteado, dado que el sometimiento de las partes a un arbitraje voluntario, está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores, artÃculo 91 y concordantes, pero dicha figura jurÃdica de solución extrajudicial de conflictos laborales está dirigida básicamente a las empresas privadas, y no a las administraciones públicasâ€.
La responsable municipal de Personal ha enfatizado en que desde el equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Motril, “en momento alguno se ha sometido a un arbitraje laboral, por lo que serÃa la primera vez en su historia municipal que se aceptase esa viabilidad para disipar el conflicto interpretativo planteado. La realidad asà pues, es que en el supuesto hipotético que el Ayuntamiento accediera a dirimir la problemática existente de aplicación del convenio colectivo de subida salarial, por medio de un arbitraje voluntario, comprometiéndose previamente a aceptar el laudo que se emitiese, estarÃa creando un antecedente de resolución extrajudicial de conflictos laborales; lo cual conllevarÃa que ante venideras reclamaciones laborales, tanto las secciones sindicales como los propios interesados se planteasen someter la contienda al arbitraje, al entender que esta vÃa es más fluida y rápida en el tiempoâ€.
A renglón seguido, MarÃa Ãngeles Escámez ha explicado a los representantes de los trabajadores que dicho antecedente y precedente que no puede consentir esta administración, por responsabilidad y coherencia, por cuanto debe de someterse, en todo momento, a la jurisdicción aplicable que legalmente corresponda. “Solucionar un problema laboral presurosamente, aceptando el arbitraje, causarÃa un efecto llamada para posteriores contenciosos que se originasen, en los cuales se reclamarÃa igualmente este sistema extrajudicial de resolución de conflictos. Por ende, se reitera que la forma de solventar estas discrepancias jurÃdicas, es por medio de la jurisdicción social competente†y añadÃa “ahora bien, como muestra de entendimiento y de buena fe, esta administración se obliga, si se opta por la vÃa judicial, a la siguiente formulación, “se debe acudir al Juzgado de lo Social, para dirimir las diferencias jurÃdicas habidas sobre la aplicación de la subida salarial para este colectivo. La sentencia que se dicte, en el procedimiento oportuno, podrá ser recurrida por cualquiera de los litigantes ante el Tribunal Superior de Justicia de AndalucÃa.
Tras el fallo del TSJ, ambas partes se comprometen a no recurrir ante el Tribunal Supremo, por lo que la sentencia serÃa firme desde ese instante.
El Ayuntamiento, tras la sentencia firme y, en el supuesto que sea contraria a sus intereses, se obliga a no interponer nuevas acciones administrativas o jurÃdicas que conlleven la no ejecución o aplicación del fallo judicial. Es más, si la sentencia es declarativa de derechos, indicándose en la misma, la legalidad de la subida salarial de los 100.000 €, se asume su ejecución, sin necesidad de posterior interposición judicial de reclamación individual de los afectados para su efectividad o cumplimientoâ€, ha subrayado Escámez.
Según ha señalado la teniente de alcalde de Personal, “el procedimiento arbitral puede dilatarse hasta la emisión del laudo incluso seis meses, por lo que se plantea una solución judicial, asumiéndose un lapso temporal de unos diez meses aproximadamente, para su resolución definitiva. La diferencia, consideramos, no es sustancial ni insalvable, irroga seguridad jurÃdica, y se evita el precedente-antecedente municipal de resolución de conflictos laborales a través del arbitrajeâ€.
Por otra parte, respecto a los demás motivos fundamentales para sustentar la huelga, MarÃa Ãngeles Escámez ha reiterado “nuestra disposición a igualar los complementos de Incapacidad Temporal, pero sus efectos económicos entrarán en vigor cuando se apruebe esta medida. No es factible su abono con carácter retroactivo, porque tal actuación contraviene conceptos presupuestarios de obligado cumplimiento. Si hay acuerdo, puede tener efectividad a partir del 1 de Mayo 2.019. Implantar los dos dÃas de descanso consecutivos para al área de interiores del servicio de limpiezaâ€.
Además, ha indicado que previamente se han de reorganizar los cuadrantes de bastantes trabajadores por lo que se requiere un trabajo extenso. Se prevé su establecimiento en el mes de mayo. Reducir los servicios los domingos. Se recomienda la constitución de una comisión reducida y técnica para estudiar esta reducción tanto en la limpieza viaria como en la recogida de residuos sólidos urbanos, siendo asumible sus conclusiones por el Ayuntamiento y ello por las singularidades del servicio afectado. La entrega de ropa, es una materia transversal, por cuanto participa en ella, el departamento de personal, prevención de riesgos laborales y el de economÃa y hacienda. El Ayuntamiento en este aspecto actúa como una unidad de acción, en su conjunto y no parcialmente para cada área municipal.
Sea como fuere, se trasladará a la sección de compras, el convenio colectivo, para que tenga conocimiento de los tiempos establecidos de entrega para este colectivo. “Por último, reiterar nuestra disposición sincera, para solventar las diferencias surgidas entre las partes, entendiendo que esta propuesta, es conciliadora y asumible, rogándoles desistan del cumplimiento de la huelga, una vez aceptadas las medidas expuestas, ya que en el supuesto contrario estarÃamos abocados todos a una dinámica de confrontación social y laboral que ni al Ayuntamiento, plantilla y ciudadanÃa interesa y satisface†ha aseverado MarÃa Ãngeles Escámez.
Finalmente, la responsable de Personal ha apelado a la buena predisposición de los representantes para “desde la sensatez†y el “diálogo entre ellos†acepten esta propuesta y “desconvoquen la huelga de recogida de basuraâ€.















