Ahora son concesionarios del Fenicio los que denuncian públicamente que “algo huele a podrido en el asunto de los Bajos del Altillo”
Quieren saber la razón de la “discriminación” de los bajos del Fenicio con respecto a los del Altillo “a pesar de que en el mismo acuerdo de 1.999 también se convirtieron, igual que los del Altillo, en bienes de servicio público”
Continúa la polémica surgida en torno a la renovación de las concesiones de los locales del Paseo del Altillo y Fenicio de Almuñécar, a la que ahora se suman algunos de los afectados, concretamente, los concesionarios de “La Pelillera” y “Jaime Playa”, Luis Felipe Olmedo Macías y Juan Manuel Aneas Alba respectivamente, quienes no han dudado en denunciar públicamente que “algo huele a podrido en el asunto de los Bajos del Altillo”.
Y el caso surge a raíz de la denuncia del Partido Andalucista de Almuñécar con relación a la transformación “sin más, sin concurso público ni libre concurrencia”, de los arrendamientos de los Bajos del Paseo del Altillo en concesiones administrativas con ampliación de plazo hasta el año 2.033 a pesar de estar muchos de dichos arrendamientos vencidos desde diciembre de 2.014 y otros con fecha de vencimiento muy próxima.
En el comunicado-respuesta del Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Almuñécar, los afectados afirman haber leído una serie de cuestiones “que nos dejan estupefactos”.
Los denunciantes piden respuestas al Equipo de Gobierno a varias cuestiones:
“Dice el Equipo de Gobierno que dicha "transformación" (sic) de los bajos del Altillo de arrendamientos a concesiones vendría motivada por un acuerdo del año 1.999, cuando el Alcalde era el Sr. Benavides, que habría convertido dichos locales en "...bienes de servicio público" razón por la cual dichos locales "...ya no podrían ser objeto de arrendamiento sino de concesión" y que, sin duda, se refiere al acuerdo de 13 de mayo de 1.999”.
“Pues bien, que nos explique el Equipo de Gobierno si efectivamente esa es la causa de que los arrendamientos de los bajos del Altillo se hayan transformado en concesiones hasta el año 2.033, ¿Cuál es la razón de que no haya ocurrido lo mismo con los arrendamientos de los bajos del Paseo del Fenicio, a pesar de que en el mismo acuerdo de 1.999 también se convirtieron, igual que los del Altillo, en "bienes de servicio público"? Porque lo cierto es que nosotros, los arrendatarios de los bajos del Fenicio, para el Equipo de Gobierno seguimos como arrendamientos e incluso ya hemos recibido requerimiento de terminación de dichos contratos, lo que no ha ocurrido en el caso de los bajos del Altillo a pesar de que éstos, en la mayor parte de los casos, ya estaban vencidos anteriormente, desde diciembre de 2.014”.
“Que se nos explique la razón de la discriminación de los bajos del Fenicio, a pesar que en nuestro caso, todos pagamos rentas actualizadas en torno a los 1.000 €/mes, lo que no ocurre en el caso del Altillo cuyas rentas, en la mayor parte de los casos, rondan tan sólo los 100-150 €/mensuales y, en algún caso, no alcanza ni tan siquiera los 25 €/mes, lo que podría haber influido traspasos millonarios que señala el Partido Andalucista en su comunicado de prensa. Y que no se nos diga, porque sería otro engaño, que en un acuerdo de 2.003 se decidió transformar los arrendamientos de los bajos del Altillo en concesiones hasta el año 2.033 como se dice en el comunicado, porque por más que hemos leído ese acuerdo, de 21 de agosto de 2.003, nada de eso aparece en el mismo”.
Los denunciantes afirman que tal afirmación no es más que un “puro invento”, dado que se circunscribe exclusivamente a no subir la renta por ampliación de superficie, a raíz de las obras del Parking, sin afectación alguna a las demás condiciones contractuales, ni ampliación alguna del plazo fijado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, como además se estableció en acuerdos posteriores, rechazando las ampliaciones del plazo de arrendamiento solicitados por los arrendatarios de dichos bajos del Altillo y a tal fin basta la mera lectura de los acuerdos de Junta de Gobierno de 28 de marzo y 8 de mayo de 2.007 y de 28 de enero de 2.013, en los que claramente se señaló que el plazo de vencimiento de los arrendamientos sería el establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos; bien en enero de 2.015 o, en determinados casos excepcionales, el 31 de diciembre de 2.019”.
Por tanto, consideran que “ante tamaña discriminación como la que se pretende llevar a efecto respecto a los bajos del Fenicio”, se preguntan:
“¿Acaso para el Equipo de Gobierno no somos todos iguales? Y si efectivamente eso es así, tal y como está ocurriendo, ¿a qué intereses concretos, aun contrariando acuerdos precedentes, responde el Equipo de Gobierno en su actuación?”, concluyen.
















