La Herradura acogía la pasada tarde en el Centro Cívico, la explicación que ofrecían los dirigentes socialistas sobre la tramitación de la solicitud de la ELA.
La Delegada del Gobierno Sandra García, el Secretario General del PSOE Sexitano y Presidente de Mancomunidad Sergio García, el alcalde de la Entidad Local Autónoma de Torrenueva Placido Lara, y el concejal herradureño del PSOE, Pablo Ruíz, compusieron la mesa organizadora de la charla en la que dieron detalle del proceso de tramitación de una ELA, sus dificultades y ventajas, respondiendo directamente a las preguntas de los vecinos que abarrotaban la sala, mostrando así su interés y conocimiento sobre este asunto.
El grupo socialista se posicionó sobre la ELA de La Herradura, anunciando que votará a favor de iniciar la tramitación en el Pleno del próximo jueves, en el que se debatirá por la Corporación la propuesta de iniciar la solicitud de tramitación.
“El PSOE tiene claro que La Herradura es un pueblo, así de simple. Aquí existe un fuerte sentimiento de pueblo, con sus costumbres, su propia idiosincrasia. Pero ese sentimiento debe plasmarse por el camino de la unión, por lo que votaremos a favor de la propuesta de IU para que se inicie el proceso de solicitud de la ELA”, afirmaba Pablo Ruiz.
Según explicó la Delegada del Gobierno Sandra García, la Ley 7/1993, de 27 de julio, reguladora de la demarcación municipal de Andalucía, determinaba que los núcleos separados de población dentro de un término municipal podrían acceder a la administración de sus propios intereses, constituyéndose en Entidades locales autónomas. Gozando de tal condición aquellas Entidades creadas con anterioridad a la aprobación de la nueva Ley de Reforma Local del Gobierno Central de julio de 2010, que derogaba la aprobada por el Parlamento de Andalucía.
“Nosotros estamos totalmente a favor de las ELAs, siempre que estén basada en una petición mayoritaria de sus vecinos y que se cumplan los requisitos exigidos. La Junta de Andalucía ha presentado ante el Tribunal Constitucional 8 recursos contra la Ley de Reforma Local, una medida del Gobierno de la Nación aprobada en 2010 que impide la creación de nuevas ELAs”, señalaba la Delegada.
Esa ley fija en 5.000 habitantes como mínimo la configuración de un nuevo pueblo. También va contra la Ley de Autonomía Local de Andalucía (LAULA), que define las 28 competencias de los consistorios, y cuestiona la Ley de Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma (PATRICA).
Plácido Lara, Alcalde de la ELA de Torrenueva, explicó de forma detallada el proceso que ellos han llevado a cabo hasta constituirse en ELA, así como las mejoras que han experimentado.
“Después de un proceso que ha durado casi 16 años, motivado por todos los cambios que se han producido en la legislación al respecto de las ELAs, ha supuesto para nosotros poder contar con presupuesto propio, poder decidir en qué gastarlo, poder acceder a subvenciones y ayudas para mejoras de infraestructuras muy necesarias así como instalaciones deportivas, culturales, sociales etc.. Ahora somos nosotros los que decidimos que es lo que necesita nuestro pueblo y no dependemos de que el Ayuntamiento de Motril decida qué darnos y en qué gastarlo”.
Tras un intenso turno de palabra en el que participaron los vecinos asistentes al acto, el presidente de Mancomunidad Sergio García, pidió “un debate sereno, sin crispación, que sirva para unir y no para dividir familias o enfrentar a vecinos. Lo importante es iniciar el proceso, que va a ser largo. Pero si iniciamos ya la tramitación, en cuanto la Ley lo permita, podremos solicitar la ELA y los herradureños verán cumplida la demanda histórica de constituirse legalmente en el pueblo que ya es”.
ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA
Una ELA es una administración pública de carácter local creada sobre la base de la Ley 7/1993, de 27 de julio, Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, para la administración descentralizada de los intereses propios de un núcleo separado de población dentro de un término municipal.
LAS ELAS SE PODRÁN CONFORMAR:
1. Siempre que exista un núcleo separado de edificaciones, familias y bienes dentro del término municipal respecto de aquél en que tiene su sede el Ayuntamiento.
2. La concurrencia en el núcleo separado de población de características peculiares de orden histórico, patrimonial, económico o cualesquiera otras que permitan identificar unos intereses netamente diferenciados.
3. El número mínimo de población y la distancia del núcleo principal que deban darse en cada caso, serán apreciados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con sus previsiones de política territorial.
4. En ningún caso podrá constituirse en Entidad local autónoma el núcleo de población en que resida el Ayuntamiento.
LAS ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS TENDRÁN, EN LA ESFERA DE SU COMPETENCIA, LAS SIGUIENTES POTESTADES Y PRERROGATIVAS:
a. De autoorganización y reglamentaria.
b. Presunción de legalidad y ejecutividad de sus acuerdos.
c. Revisión de oficio de sus propios actos.
d. Administración, investigación, deslinde y recuperación de oficio en los bienes de su patrimonio y regulación del aprovechamiento de sus bienes comunales.
e. Inembargabilidad de los bienes y derechos de su patrimonio en los términos legalmente previstos.
f. Prelaciones, preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda Pública en relación con los créditos, sin perjuicio de las que correspondan a la Hacienda de las demás Administraciones Públicas.
g. Tributaria y financiera, en orden a la imposición, ordenación y recaudación de tasas y contribuciones especiales.
h. Sancionadora, expropiatoria y ejecución forzosa.
i. Participar en la programación y planificación de actividades y servicios que por su índole sean competencias de la Entidad municipal mayor a la que pertenezca.
LAS ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS, EN EL EJERCICIO DE SUS COMPETENCIAS PROPIAS, PRESTARÁN, COMO MÍNIMO, LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
a. Concesión de licencias de obras menores.
b. Pavimentación, conservación y reparación de vías urbanas.
c. Alumbrado público.
d. Limpieza viaria.
e. Ferias y fiestas locales.
f. Abastos.
g. Funerarios.
h. Abastecimiento domiciliario de agua potable.
i. Alcantarillado.
j. Recogida de residuos.
k. Control de alimentos y bebidas.
Los vecinos de La Herradura defendieron con firmeza su identidad de pueblo, y se mostraron muy interesados en conocer todos los detalles sobre las ventajas que les supondría constituirse en ELA.
*Pueden seguir la charla y las preguntas planteadas sobre la ELA de La Herradura en el siguiente enlace.
LOS HERRADUREÑOS MUESTRAN SU INTERÉS POR LA ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA.
https://www.youtube.com/embed/6Vhib1uGVxM
